“…la conclusión del ad quem es que las razones del tribunal de primer grado para condenar son claras, que el objeto de pensar jurídico se encuentra determinado, lo que produce seguridad jurídica del fallo; y que el mismo es legítimo por fundarse en prueba legal y considerarse todas las cuestiones esenciales para resolver en forma condenatoria por el delito imputado. Es de advertir que, los argumentos de los recurrentes como la misma sala lo sostiene, van dirigidos a cuestionar la valoración de la prueba hecha por el a quo, no obstante dicha autoridad, dentro del ámbito legal de su competencia, resolvió en forma puntual los reclamos y la pretensión de los casacionistas y lo hizo fundamentando su decisión…”